1. Podrán ser socios de la Biblioteca, exclusivamente los alumnos, profesores y personal del Instituto, lo cual les da derecho al préstamo, previa presentación del CARNET.
  2. La Dirección de la Biblioteca podrá excluir a los que por cualquier motivo puedan ser causas de alteración del buen orden.
  3. El préstamo de materiales y el uso del Carnet de Biblioteca es estrictamente personal, no es transferible bajo ninguna circunstancia.
  4. Podrán ser Socios Transitorios, aquellos profesores que dicten su cátedra en forma temporaria, o alumnos que habiendo completado la asistencia al último curso, aún deban materias de la carrera. Debiendo cumplir con todos los requisitos de los socios comunes.
  5. Los centros de aplicación, como ser el Instituto “Jesús Niño”, Instituto “Saint George”, Instituto “Santa Catalina”e Instituto “José Manuel Estrada”, podrán hacer uso de la biblioteca, presentando carnet  y en los horarios establecidos.  En el siguiente horario: 7.00 hs. a 8.30hs. y  de 13.30 hs. a 15.00 hs.
  6. LOS INVESTIGADORES que deseen consultar material bibliográfico  especifico de “MISIONES” deberán presentar (DNI, credencial o alguna otra acreditación de la unidad académica a la que pertenecen , previa autorización de la Dirección de Biblioteca.
  7. En ninguna de las salas abiertas al  público se permitirá fumar, hablar en voz alta o alterar  el orden..
  8. Todos los préstamos y devoluciones y sin excepción se realizarán con el Lector óptico, debiendo esperar su comprobante.
  9. Para el préstamo domiciliario el socio no podrá llevar más de un texto, el que podrá renovar al término de su vencimiento, si no hay demanda del mismo.
  10. Se prohíbe doblar o arrancar las hojas de libros y cuadernillos y hacer acotaciones con tinta, lápiz o resaltadores.
  11. Ningún lector podrá retirarse de la Sala de Lectura, sin haber restituido el material bibliográfico; salvo previa autorización del bibliotecario para utilizar el material en el curso o para fotocopiar.
  12. Los pedidos de libros se atenderán hasta media hora antes del cierre de la biblioteca y las devoluciones se harán 15 minutos antes del cierre.
  13. Los socios que causen deterioro y pérdida de un  libro, estarán obligados a reponerlo con otro igual y de no ser posible, indemnizar el perjuicio causado sujetándose al criterio y determinación de la Dirección de la Biblioteca.
  14. El material de referencia: Diccionarios, Enciclopedias, Biografías, Anuarios, Guías, Publicaciones Periódicas no saldrá del Instituto por ningún motivo, pudiendo ser consultados en la Sala de Lectura de la Biblioteca o en el curso si así lo solicitare el profesor. Tampoco saldrá el material compuesto por libros raros, ejemplares únicos o colecciones.
  15. Por cada día de mora en las devoluciones, corresponderán 5 (cinco) días de suspensión, para el préstamo a domicilio. En lo que respecta a los materiales de sala, serán de 15 (quince) días corridos
  16. Los alumnos suspendidos no podrán hacer uso del material bibliográfico ( Ni en sala de Lectura).
  17. Los préstamos  domiciliarios son de 3 (tres) días hábiles y los préstamos en sala deberán ser devueltos en el mismo turno caso contrario serán suspendidos por 15 (quince) días.

Este Reglamento es válido tanto para alumnos como para docentes de la institución.